La Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible establece el nuevo marco legal para transformar el modelo de transporte en España hacia uno más eficiente, accesible y bajo en emisiones, alineado con los objetivos climáticos y de descarbonización.

¿A quién se aplica?

  • Administraciones públicas estatales, autonómicas y locales con competencias en movilidad.
  • Ayuntamientos, especialmente los de más de 20.000 habitantes.
  • Empresas privadas con más de 200 personas trabajadoras (o 100 por turno).

Principales objetivos

  • Priorizar el transporte público y la movilidad activa (peatonal y ciclista).
  • Reducir las emisiones del transporte.
  • Garantizar el derecho a una movilidad sostenible.
  • Mejorar la coordinación entre administraciones.

Principales obligaciones

Administraciones públicas:

  • Elaborar y actualizar Planes de Movilidad Sostenible.
  • Coordinar políticas de transporte y urbanismo.

Ayuntamientos (más de 20.000 habitantes):

  • Disponer de planes de movilidad urbana sostenible.

Empresas de mayor tamaño:

  • Implantar Planes de Movilidad Sostenible al Trabajo, fomentando el transporte colectivo, la movilidad activa y la reducción de desplazamientos innecesarios.

Planes de Movilidad Sostenible al Trabajo (PMST)

Plazo para implantarlos: 24 meses desde la entrada en vigor (5 de diciembre de 2027) para empresas y entidades públicas con más de 200 personas (o 100 por turno).

Qué deben incluir:

  • Medidas para fomentar el uso del transporte público, la movilidad activa (caminar, bicicleta) y opciones de bajas emisiones.
  • Facilitar el teletrabajo, mejorar la planificación de los desplazamientos y reducir el uso del vehículo privado.
  • Negociación del plan con la representación de las personas trabajadoras.

Seguimiento:

  • Informes bianuales sobre la implantación y resultados.