Illes Balears, pionera en la regulación de la sostenibilidad y circularidad turística, aprobó el pasado mes de febrero el Decreto Ley 3/2022, de medidas urgentes para la sostenibilidad y la circularidad del turismo.

El objeto de este Decreto ley es el de establecer medidas urgentes para la sostenibilidad y la circularidad del turismo, con el objetivo de avanzar hacia un impacto regenerativo de la actividad turística en nuestro territorio y nuestra sociedad.


Estrategia y Plan de Circularidad

Los establecimientos turísticos de alojamiento deberán definir y aplicar ESTRATEGIAS DE CIRCULARIDAD (art. 96), que se plasmen en un PLAN DE CIRCULARIDAD documentado (art. 99 y 100), que contemple aspectos de planificación, operativa y evaluación de la circularidad, con horizonte de 5 años, e informes de evaluación anuales, a partir de mayo de 2023.

El Plan deberá enfocarse en la definición de medidas y acciones sobre cinco áreas prioritarias: agua, energía, alimentos, materiales y residuos, más aquellas que cada establecimiento, en el ámbito de su estrategia empresarial pueda considerar.


Informes Evaluación: Indicadores de Desempeño en Circularidad

A pesar de que la entrada en vigor de la obligación de Estrategia y Plan de Circularidad inicia para los Hoteles**** en mayo 2023 (ver calendario aplicación medidas circularidad del DL 3/2022. Disp. Adicional Décima), lo que ya es prioritario en este momento es que las empresas turísticas deben ir ajustando sus mecanismos de gestión de la información y medición al objeto de poder disponer de indicadores que informen periódicamente del desempeño en circularidad; como, por ejemplo:


ENERGÍA:

§ Huella de carbono anual por pernoctación, para lo que deberá disponer de la huella de carbono anual calculada previamente. PODARCIS, Consultora especialista y a la vanguardia del cálculo de huella de carbono, puede asesorarle.

§ Certificación de eficiencia energética del edificio.

§ Capacidad de auto abastecimiento de energía: expresada como % de la energía auto generada/auto consumida de fuentes renovables respecto al total de energía /año.

§ Potencia renovable instalada, (KW) y Capacidad de almacenamiento (KWH).

AGUA:

§ Capacidad de auto abastecimiento de agua.

§ Consumo anual de agua.

MATERIALES Y RESIDUOS:

§ Reciclaje de residuos de obras, reformas y demoliciones.

§ Estimación anual del volumen de residuos por pernoctación recogidos selectivamente (fracciones papel-cartón, vidrios, envases, materia orgánica, etc.)

ALIMENTOS:

§ Consumo de productos de km 0: expresado como % sobre el total de gasto en alimentos y bebidas del establecimiento.

§ Cesta de la compra que minimiza el uso de envases: % que los productos a granel y/o con envases reutilizables/biodegradables representan sobre el total de partidas de gasto de aprovisionamientos del establecimiento.


Adicionalmente la planificación y la evaluación circular preverán, y deberá informarse en los informes periódicos anuales sobre:

  • INVERSIÓN: Fracción de la inversión vinculada a buenas prácticas circulares hecha por el establecimiento: inversión hecha en infraestructuras y equipos, formación de trabajadores y equipos e integración tecnológica vinculada a la implementación de buenas prácticas circulares en el establecimiento. Expresado en % sobre la inversión total de los últimos 3 ejercicios.
  • FORMACIÓN TRABAJADORES: Plantilla que ha recibido formación relacionada con circularidad: expresado como % de trabajadores que han recibido algún tipo de formación en circularidad en el último ejercicio.
  • GESTIÓN PROVEEDORES: Proveedores que operan con un código de conducta circular (% del total de proveedores)
  • COMUNICACIÓN & SENSIBILIZACIÓN A CLIENTES: Breve recopilación de acciones hechas sobre el uso circular a los clientes: comunicaciones hechas a los clientes con recomendaciones o guías en materia de ahorro de energía, iluminación, climatización, ahorro de agua, servicio de bufetes, separación de residuos en las habitaciones y recambio de toallas o sábanas, entre otras pautas


Medidas circulares específicas de próxima implantación (art. 102)

ENERGÍA:  Sustitución de instalaciones térmicas que funcionan con fueloil o gasóleo (art. 102.1 a) antes de mayo de 2026, y garantizar ajuste de Tª y el uso de las instalaciones térmicas al que prevé el Real Decreto de instalaciones térmicas de los edificios.

AGUA: Establecimientos de alojamiento, restauración y entretenimiento deberán disponer de dispositivos ahorro de agua (art. 102.1 b).

RESIDUOS: Obligación genérica relativa al hecho que no se pueden poner a disposición de los clientes artículos de gentileza de baño desechable.

ALIMENTOS: No pueden hacer uso de especies clasificadas como categorías amenazadas para el consumo alimentario (art. 102.2 a), deberá indicarse de manera diferenciada, los productos tanto de marisco como de pescado que tengan origen balear (art. 102.2 b), y tienen que poderse garantizar y acreditar su veracidad y la comprobación de los datos.

PERSONAL y SEGURIDAD SALUD EN EL TRABAJO: Establecimientos de alojamiento deberán garantizar que disponen de camas elevables (art. 37).


Consúltenos y PODARCIS le apoyará en la definición o revisión de su estrategia, plan de acción de circularidad y definición de mecanismos de seguimiento y evaluación, además de asesorarle para la implantación y cumplimiento de las medidas circulares ya obligatorias desde esta temporada.

¡Confirme su compromiso por la mejora de la sostenibilidad de nuestro destino, apostando por el turismo circular!