El día 6 de abril de 2020 se publicó en el BOE la Orden SND/325/2020, por la que se establecen criterios interpretativos y se concede la prórroga en la validez de los certificados de verificación y de mantenimiento preventivo establecidos en la normativa reguladora propia del ámbito de la seguridad industrial y de la metrología. Por su relevancia, les indicamos que en esta orden se establecen los siguientes criterios que deben ser considerados por su organización:

  • Los certificados de verificación o de mantenimiento periódico, suyo período de vigencia finalice durante el estado de alarma y sus sucesivas prórrogas, quedan automáticamente prorrogados hasta los 30 días naturales posteriores a la finalización del estado de alarga y sus prórrogas.
  • Durante el período de vigencia del RD 10/2020, es de aplicación a las actividades de verificación y mantenimiento preventivo el permiso retribuido recuperable, salvo para aquellas actividades esenciales que quedan recogidas en el anexo del real decreto.